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He leído que han condenado a un usuario de redes P2P por intercambiar archivos, ¿es eso cierto? No exactamente, aunque algo de eso hay. La demanda realmente lo fue contra el proveedor que daba el servicio de internet al usuario y no contra él. Lo que hicieron fue demandar al proveedor del servicio en su calidad de intermediario al que acude un tercero para infringir derechos de propiedad intelectual. Lo que pidieron fue que se declarase que la actividad del usuario infringía derechos de propiedad intelectual y que, en consecuencia, se obligase al proveedor del servicio a que cesara en la intermediación de la que se valía el usuario para cometer esa infracción.